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Mostrando entradas de mayo, 2017
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INSTITUCIÓN EDUCATIVA MUNICIPAL CIUDAD DE PASTO PROHIBICIONES Algunas de las prohibiciones de los estudiantes son: 1. Utilizar vocabulario soez. 2. Botar basura en lugares distintos a los destinados para esta función. 3. Comerciar con material de contenido pornográfico de carácter visual, audiovisual o auditivo. 4. Realizar fraudes o trampas en evaluaciones, en trabajos o demás actividades de evaluación previamente acordadas. No se admitirá el plagio. 5. Realizar letreros, grafitis o dibujos que ofendan a cualquier persona o Institución o que promuevan proselitismo armado o de pandillas, o que simplemente ensucien las paredes, deterioren los baños, pupitres, elementos de trabajo u otros bienes (rayar los carros, pinchar y/o desinflar las llantas, deteriorar intencionalmente los equipos y/o instrumentos de laboratorio, interrumpir el fluido eléctrico, internet, líneas telefónicas o similares). 6. Permanecer injustificadamente fu...

INCENTIVOS PARA LOS ESTUDIANTES

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INSTITUCIÓN  EDUCATIVA MUNICIPAL CIUDAD DE PASTO  INCENTIVOS PARA LOS ESTUDIANTES DESTACADOS Los estudiantes de la I. E. M. Ciudad de Pasto que se hayan distinguido por su desempeño académico y de convivencia tendrán derecho a los siguientes estímulos: 1. Se otorgará Mención de Honor a los estudiantes que hayan obtenido el rendimiento académico y comportamiento más alto en cada curso. 2. Izar el pabellón nacional, departamental, municipal e institucional para aquellos estudiantes que se hayan destacado por su buen rendimiento académico y de convivencia durante el periodo. 3. Se otorgará Medalla al mejor bachiller en sesión solemne de clausura, al estudiante que haya ocupado el rendimiento académico y de convivencia más alto durante los seis últimos grados de secundaria, cuando estos se hayan cursado en la institución. 4. Se otorga Medalla al más alto puntaje en las pruebas Saber –ICFES- al estudiante que haya obtenido el más alto punt...

FUNCIONES DEL PERSONERO

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FUNCIONES DEL PERSONERO Son funciones del personero las siguientes: 1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del Consejo Estudiantil y organizar foros u otras formas de deliberación.  2. Cumplir con todas sus obligaciones de estudiante regular y según las normas y procedimientos establecidos en el Manual de convivencia. En ningún caso utilizará su cargo para obtener privilegios o prebendas académicas, disciplinarias, o de otro tipo, estas causas serán analizadas con un debido proceso para continuar o suspender su designación. 3. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de y para con los estudiantes. 4. El personero tramitará sus reclamos, solicitudes e inquiet...

MEDIDAS DISCIPLINARIAS SANCIONARIAS

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MEDIDAS DISCIPLINARIAS SANCIONARIAS Amonestación verbal Cuando el estudiante incurre en situaciones tipo I se hace llamado de atención a través del diálogo, y la reflexión se orienta para que asuma una actitud de cambio positivo y superación personal. Se deja constancia en el formato respectivo. Amonestación escrita  Si el estudiante reincide en la situación tipo I o incurre en una situación tipo II, se hará la amonestación con citación al padre de familia o acudiente para que participe del proceso formativo, firmando la respectiva acta de compromiso. En esta acta, firmada por el estudiante, el acudiente y el coordinador se hará explicita la necesidad de un cambio de comportamiento por parte del estudiante en beneficio de su desarrollo y el bienestar de los demás miembros de la comunidad educativa.  Suspensión  Esta se aplicará en casos de incumplimiento al compromiso pactado mediante acta, reincidencia en situaciones tipo II o en caso de actos que se c...

DEFINICIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

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MANUAL DE CONVIVENCIA ¿QUE ES Y PARA QUE SIRVE EL MANUAL DE CONVIVENCIA? El manual de convivencia es un documento donde esta consagrado los derechos y deberes de los miembros de la institución el cual sirve para tener una buena convivencia porque es una alternativa para la solución de problemas además los estudiantes se deben regir bajo estos deberes, el manual de convivencia es de suprema importancia ya que toda la comunidad educativa debe cumplir sus deberes y velar por sus derechos, para que los miembros de la institución puedan hacer esto deben tener conocimiento de lo que esta escrito en este documento.
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INSTITUCIÓN EDUCATIVA MUNICIPAL CIUDAD DE PASTO DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Algunos de los deberes mas importantes de los estudiantes de la institución son: 1. Conocer, aceptar y aplicar el contenido y las disposiciones del manual de convivencia. 2. Tratar con amabilidad, respeto y cordialidad a los miembros de la comunidad educativa, manteniendo un comportamiento digno y culto. 3. Mantener relaciones armónicas con todas las personas de la institución, absteniéndose de realizar bromas de mal gusto, poner sobrenombres o apodos, y participar de burlas, presiones, coerción social, vocabulario inadecuado, y cualquier forma de acoso escolar (Vid. Ley 1620/13). 4. Cumplir con las labores de trabajo autónomo del estudiante como sus tareas y sus evaluaciones y esforzarse por alcanzar la totalidad de los desempeños. 5. Asistir puntualmente a los salones de clase y demás sitios asignados para las labores académicas, y salir al finalizar l...

DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA MUNICIPAL CIUDAD DE PASTO Derechos de los Estudiantes: algunos de los derechos mas importantes que tenemos los estudiantes de la institución ciudad de pasto . La I. E. M. Ciudad de Pasto reconoce que su deber principal es ofrecer un servicio público de educación para la formación de ciudadanos libres, responsables y autónomos, por ello proclama y promueve los siguientes derechos consagrados en la constitución y la ley: 1. Al buen trato, en igualdad de condiciones y de oportunidades y sin ningún tipo de discriminación(vid. art. 13 C.P.C) 2. Al libre desarrollo de la personalidad sin más limitación que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico (Vid. Art. 16 C. P. C). 3. A presentar peticiones respetuosas a profesores, empleados, directivos o autoridades y a obtener pronta resolución de las mismas (Vid. Art. 23 C. P. C). 4. A elegir y ser elegido para los diferentes estamentos del Gobierno Escolar y a cono...